A partir del 21 de enero, se podrá viajar con la tarjeta SUBE en las lanchas colectivas. A pesar de ello la comunidad isleña NO cuenta con los beneficios como en el continente

 

 

A raíz de las numerosas consultas recibidas, aclaramos los puntos esenciales para la utilización de dicho Medio de Pago

REGISTRO

  • Se realiza en la Dirección Provincial de Islas, Lavalle 733, Tigre.
  • De Lunes a Viernes de 9 a 13 hs. (Se entregan 100 números por día) 
  • El trámite es personal.
  • Se debe presentar el DNI +  fotocopia con domicilio en Islas 
  • En caso de no tener domicilio en Islas, llevar una fotocopia de una factura a nombre del solicitante con domicilio en Islas + fotocopia del DNI
  • El registro se realiza indefinidamente.  Mientras tanto, hasta el 30 de abril, seguirán ambas modalidades de pago (SUBE y efectivo)
  • En el caso de no poseer tarjeta SUBE se dará una en forma gratuita
  • Los niños deben abonar su viaje a partir de los 6 años de edad, cada uno con su propia tarjeta

SUBSIDIOS AL PASAJERO

  • El UNICO subsidio que se contemplará es el BOLETO ISLEÑO
  • NO están contemplados en la Tarjeta SUBE los subsidios a los siguientes universos vulnerables:
    • Jubilados y pensionados
    • Excombatientes de la Guerra de Malvinas
    •  Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo
    • Asignación por embarazo
    • Plan Progresar
    • Personal de Trabajo Doméstico
    • Argentina Trabaja y Ellas Hacen
    • Monotributo social
    • Pensiones no contributivas.
  • NO esta contemplado el ABONO ISLEÑO
  • NO esta contemplada dentro de la RED SUBE que ofrece a quienes realizan una o más combinaciones en medios de Transporte un descuento del 50% para el segundo boleto y del 75 % de descuento para el tercer boleto.

RECARGA Y SALDO

  • Las recargas serán realizadas como cualquier tarjeta en los lugares destinados a tal fin.
  • Puede recargarse por Mercado Pago debitándose de la Tarjeta de débito, crédito o dinero en Mercado Pago. El descuento se aplicará de manera automática en el mismo momento en el que abonás. Pero para que se realice la carga efectiva, hay que acercarse a una Terminal Automática SUBE (TAS).
    • Sucursal Banco Nación: Av. Cazón 1600 
    • Estación de Tren Mitre
    • Dirección Provincial de Islas: Lavalle 733
  • El Saldo de negativo de reserva de la SUBE es igual que en el continente: $ 39.00

DISCAPACITADOS

  • Las personas con discapacidad disponen de tres pases de transporte para viajar gratuitamente en las lanchas colectivas como hasta ahora. NO es necesario que utilicen la Tarjeta SUBE. Deberán presentar el Certificado Único de Discapacidad Provincial. Para sacarlo:
    • Deben presentar el Certificado Único de Discapacidad y DNI (original y fotocopia) en:
      • Centro de Atención al Vecino en el horario de 8 a 16hs.- Lisandro de la Torre 2500, Troncos del Talar.
      • Centro de Rehabilitación Frida Kahlo en el horario de 13 a 18hs: Av. H. Yrigoyen 1459 entre O’Higgins y Ramón Castilla, General Pacheco.

ALUMNOS 

  • Que asisten a escuelas de ISLAS: 
    • No es necesario que utilicen la Tarjeta SUBE Viajarán gratuitamente como en la actualidad.
  • Que asisten a escuelas de CONTINENTE:
    • Realizada ésta consulta, la Dirección Provincial de Islas verificará el procedimiento y el mismo será informado antes que comience el Ciclo Lectivo.

ABONAR EL VIAJE

  • Desde la Terminal Fluvial Tigre hacia las Islas:
    • Sacar el boleto con la tarjeta SUBE en la boletería de la línea fluvial correspondiente.
    • Luego, mostrando el boleto impreso, embarcar por las rampas de los muelles 2 y 3.
    • No es necesario pasar la tarjeta SUBE por la validadora de la lancha al iniciar el viaje, pero sí al finalizarlo.
    • Al llegar a destino y antes de bajar de la lancha, pasar la tarjeta SUBE por la validadora para que se registre el tramo del viaje.
  • Desde las Islas hacia la Terminal Fluvial Tigre
    • Pasar tu tarjeta SUBE por la validadora al subir a la lancha.
    • Al finalizar el viaje, validá en la lancha antes de bajar, dentro de la lancha.
    • También se puede ir a validar la Tarjeta SUBE en la boletería.
  • Tramo entre islas
    • Se valida el viaje al subir y al bajar

NUESTRA COMUNIDAD OLVIDADA UNA VEZ MAS

Muelle Alem

Se consultó a cerca de la EXCLUSIÓN de la Comunidad Isleña en los subsidios al pasajero para los universos anteriormente mencionados y para la RED SUBE. 

La respuesta fue, que desde Transporte alegan tener «limitaciones técnicas» que impiden acumular más descuentos que el boleto isleño.

Nos resulta muy llamativa la respuesta, dado que fue motivo de reclamo de nuestra comunidad desde que se Decretó la instalación de la Tarjeta SUBE en el año 2015.

Cabe aclarar, el Decreto 1813-GPBA-18 del 27 de Diciembre del 2018, otorga las compensaciones necesarias a las Empresas de Transporte Fluvial para que regularicen su funcionamiento, pero NO tiene la misma política para los pasajeros, excluyendo a la sociedad de sus DERECHOS, y transformando a la Tarjeta SUBE en un mero Medio de Pago.

Transcribimos las partes mas importantes del Decreto:


…»Que en este sentido, el artículo 99 de la Ley N° 15.078, fijo en la suma de hasta CUARENTA Y CINCO MILLONES ($ 45.000.000) el total de erogaciones necesarias para atender el pago de compensaciones tarifarias con destino a las empresas prestadoras del servicio de transporte público fluvial de pasajeros del Delta del Río Paraná, con domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires, durante el ejercicio 2.019…»

…»Que mediante los estudios realizados por la Provincia y que surgen del IF-2018-31458363- GDEBA-SSTRANSPMIYSPGP, surge que existió en los últimos años un crecimiento exponencial de los costos unitarios de explotación, de modo tal que el balance de la ecuación económica de dichos servicios no puede ser reestablecido con mayor rendimiento y/o eficiencia en la utilización de los recursos económicos, siendo necesario crear un sistema de compensaciones a las empresas transporte fluvial, hasta cubrir el desequilibrio entre ingresos y egresos …»

…»Que cabe asimismo considerar que las prestadoras del transporte fluvial de pasajeros no se hallaban alcanzadas por la compensación tarifaria establecida por Decreto Nacional N° 652/02, reglamentado por Resolución N° 337/04 y concordantes de la entonces Secretaría de Transporte de la Nación; y conforme surge del IF-2018-31458363-GDEBASSTRANSPMIYSPGP, a tenor de los estudios obrantes en las actuaciones citadas en el visto, surge un crecimiento de los costos unitarios de explotación, de modo tal que el balance de la ecuación económico-financiera de dichos servicios no puede ser restablecido con mayor rendimiento y/o eficiencia en la utilización de los recursos económicos, siendo necesario producir una compensación hasta cubrir el desequilibrio entre ingresos y egresos de los prestatarios, toda vez que la tarifa aprobada se encuentra alejada del nivel necesario para cubrir una porción sustancial de los costos operativos…»

«…Que incumbe al estado garantizar la prestación de este servicio público y la necesidad de preservar la economía del mismo sin imponer recargos excesivos al prestatario particular...»

«…Que así, dicho fundamento técnico jurídico se conjuga con la finalidad propia de mantener la ecuación económica financiera, que no es la de otorgar una ventaja económica para la prestataria, sino ante todo, un medio de asegurar, en beneficio del interés público o generar su cumplimiento, máxime tratándose de servicios públicos…»

…»Que teniendo en cuenta lo expuesto, y a fin de compensar los mayores costos de explotación, garantizando la sustentabilidad y optimización de la prestación del servicio, corresponde crear un sistema de compensaciones a las líneas de transporte fluvial del Delta del Paraná, aplicándose como criterio de distribución entre las mismas, la cantidad de kilómetros recorridos conforme el porcentaje de participación de cada empresa en el servicio y autorizar consecuentemente a la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia a aprobar la “METODOLOGIA DE CALCULO DE COSTOS DE EXPLOTACION DEL TRANSPORTE fluvial del Delta de la Provincia de Buenos Aires” y los mecanismos de distribución y control a efectos de ejecutar este sistema de compensaciones…»


 

Al respecto, reflexionamos y recordamos que la comunidad Isleña se ha movilizado y solidarizado en incontables oportunidades, reclamando y apoyando los 3 ejes del conflicto que aquejaba al Transporte Fluvial hace años:

  • Conflicto gremial: patrones, marineros, etc
  • Compensación tarifaria a las Empresas en inclusión en el Subsidio a las Empresas)
  • Subsidio al pasajero, con la instalación de la Tarjeta SUBE y sus BENEFICIOS.

Según parece, los dos primeros puntos llegaron a sus acuerdos favorables respectivos…

Sin embargo, los Isleños somos los únicos que hemos quedado en el olvido.

Nos preguntamos… El Estado, las Empresas y los Gremios, van a apoyar con la misma intensidad a los isleños por el reclamo de NUESTROS DERECHOS?