El Pais

Rechazaron un amparo contra el pago del Aporte Solidario y Extraordinario por la pandemia

El magistrado rechazó el amparo al destacar que la Ley «es producto del debate parlamentario», «respeta el principio de legalidad y por lo tanto desde esta óptica de estudio, resulta un instrumento jurídico idóneo».

La Justicia rechazó una acción de amparo de un contribuyente que se negaba a pagar el «Aporte Solidario y Extraordinario» establecido en la ley 27.605, y sostuvo que la norma «respeta el principio de legalidad» y se enmarca en la «profunda y grave crisis sanitaria, social y económica» generada por la pandemia de Covid-19.

La Ley 27.605 «fue sancionada siguiendo el procedimiento de formación y sanción de leyes previsto en la Constitución Nacional», remarcó el titular del juzgado federal en lo Contencioso Administrativo federal 10, Walter Lara Correa, al resolver sobre la cuestión de fondo, en el fallo al que tuvo acceso Télam.

La acción de amparo fue presentada el 16 de abril pasado por un contribuyente, identificado por sus iniciales L.F, quien buscaba obtener la declaración de «inconstitucionalidad» de la ley que estableció por única vez el «Aporte Solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia».

El magistrado rechazó el amparo al destacar que la Ley «es producto del debate parlamentario», «respeta el principio de legalidad y por lo tanto desde esta óptica de estudio, resulta un instrumento jurídico idóneo»

Además, hizo un repaso de la situación económica y social generada en los países de América Latina a raíz de la pandemia desde inicios del 2020, y su repercusión en la Argentina.

«Es posible concluir que nuestra Nación, como consecuencia de la pandemia del Sars Covid 2 (Covid 19) está atravesando una profunda y grave crisis sanitaria, social y económica -que sufren más intensamente los grupos y/o sectores vulnerables- todo lo cual pone en riesgo el capital humano y productivo, acentuándose más las desigualdades distributivas, que ya existían con anterioridad», consideró Lara Correa.

En el fallo se mencionaron informes de organismos internacionales como la Cepal, que por ejemplo advierte «sobre el aumento de la pobreza en América Latina y el Caribe por la pandemia».

En el fallo se mencionaron informes de organismos internacionales como la Cepal, que por ejemplo advierte «sobre el aumento de la pobreza en América Latina y el Caribe por la pandemia».

El juez se refirió además al programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, que advirtió que «los países sufrieron una carga desproporcionada de casos y muertes. Esto trajo consigo múltiples crisis económicas y sociales».

El contribuyente había aludido a una «amenaza al derecho a la propiedad».

Al contestar la demanda, la AFIP argumentó que «la vía intentada por el sr L.F resulta improcedente, en tanto las afectaciones a los principios constitucionales sobre los que sustenta su pretensión, requieren de un procedimiento que permita un amplio debate y prueba, a efectos de no vulnerar el derecho de defensa».

Además, el organismo enfatizó que «el legislador posee la potestad para establecer la política económica que sea necesaria a los efectos del sostenimiento y funcionamiento del Estado Nacional».

Por ello y «en virtud de la situación excepcional de pandemia», el Congreso de la Nación «declaró la emergencia pública y, en consecuencia, sancionó el «Aporte» a fin de solventar diversas medidas tales como la creación del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)».

En el caso concreto, el magistrado consideró que el contribuyente no probó que se afecte su derecho a la propiedad ni «una porción sustancial de su patrimonio», y rechazó por falta de evidencia el argumento sobre la residencia fiscal en los Estados Unidos.

La decisión podría ser apelada ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

Este es uno de los casi dos centenares de amparos presentados para evitar pagar el impuesto, entre ellos los de famosos como Carlos Tevez y Gabriel Batistuta, todavía en trámite en los juzgados de primera instancia.

En marzo pasado, otra jueza del mismo fuero, Cecilia Gilardi Madariaga, otorgó una medida cautelar a un ejecutivo de la firma Globant para que la AFIP se abstenga de reclamar el cobro del impuesto hasta que se resuelva si corresponde o no otorgarle el amparo.

Pero luego otros magistrados del fuero como Pablo Cayssials, Enrique Lavié Pico y Esteban Furnari rechazaron en diferentes casos el dictado de medidas cautelares para impedir a la AFIP reclamar el cobro del impuesto, mientras se tramitan los amparos.

Sol Onzari

Entradas recientes

En el microestadio de Benavídez, el Municipio de Tigre llevó adelante el segundo encuentro de yoga 2024

Decenas de vecinas y vecinos participaron de la propuesta encabezada por profesores locales, con el…

3 semanas hace

Julio Zamora en General Pacheco: «Tenemos que estar con las familias que viven en situación de exclusión y no llegan a fin de mes»

Lo afirmó el intendente de Tigre en el marco del 29° aniversario del Centro de…

3 semanas hace

En Tigre centro, Julio Zamora acompañó el comienzo del ciclo la Peña de Noche 2024

El intendente estuvo presente en el Centro de Jubilados 2 de Abril donde se realizó…

3 semanas hace

En Benavídez, el Municipio de Tigre realizó el primer encuentro del año del programa “Todas las Infancias tenemos Derechos”

La iniciativa tuvo lugar en el Polo Educativo del barrio La Esperanza, con el propósito…

3 semanas hace

El Municipio de Tigre convoca a vecinos y vecinas a participar de los Juegos Bonaerenses 2024

Los interesados podrán inscribirse a la 33° edición de la competencia hasta el viernes 3…

4 semanas hace

La Parroquia Inmaculada Concepción realizó una Misa de Acción de Gracias por el trabajo de las fuerzas de seguridad de Tigre

Autoridades del Poder Ejecutivo comunal y representantes de la Policía bonaerense acompañaron la actividad, encabezada…

4 semanas hace