Delta

La Secretaria de Transporte ordenó que el Transporte Fluvial de pasajeros, restaure sus horarios habituales

Lo hace a través de una Resolución que entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires

 

Luego de ocho meses de horarios restringidos, la Secretaria de Transporte de la Provincia de Buenos Aires resuelve que «las Empresas prestatarias de servicios de transporte público fluvial de pasajeros, restablezcan los esquemas de horarios vigentes con anterioridad al dictado de la Resolución N° RESO-2020-20-GDEBA-SSTRANSPMIYSPGP y que fuera modificada posteriormente por su similares N° RESO-2020-22-GDEBASSTRANSPMIYSPGP y N° RESO-2020-23-GDEBASSTRANSPMIYSPGP.»

Asimismo, instruye que «a fin de salvaguardar la salud pública del público usuario del servicio de transporte, las empresas deberán observar en la prestación de los servicios, la estricta aplicación del Protocolo “PROTOCOLO PARA TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS FLUVIAL”, aprobado por Resolución N° RESO-2020-30-GDEBA-SSTRANSPMIYSPGP, así como las medidas de restricción de la capacidad transportativa de la embarcación, distanciamiento físico entre pasajeros previstas en la Resolución N° RESO-2020-31-GDEBA-SSTRANSPMIYSPGP y la prestación de servicios simultáneos, previstos en la resolución N° RESO-2020-51-GDEBASSTRANSPMIYSPGP.»

Sin duda, una medida que llega de forma tardía para la comunidad isleña, y que se genera por la inexorable apertura turística de hecho, que se da en el Delta desde el mes pasado.

En tanto, durante todos estos meses en los cuales se flexibilizaron actividades, los isleños continuaron con los horarios restringidos, motivo por el cual muchos de ellos no pudieron cumplir con sus obligaciones laborales.

A pesar de que en la resolución N° RESO-2020-31-GDEBA-SSTRANSPMIYSPGP, dictada en marzo, estableció “…que las empresas de transporte fluvial de pasajeros de jurisdicción provincial, que operen en el Delta de la Provincia de Buenos Aires, deberán restringir la capacidad de transporte establecida para cada embarcación por la Prefectura Naval Argentina, de modo de no superar el sesenta por ciento (60%) de ocupación de los asientos destinados a pasajeros, debiendo observarse dicha limitación al momento del inicio, en el trayecto y finalización de cada viaje, mientras dure el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, ésta medida como el distanciamiento social entre pasajeros, no se cumplió.

Los reclamos efectuados por la comunidad, denunciando que las lanchas salían con pasajeros que excedían el 60% de la capacidad de la embarcación y que transportaban turistas, no sólo nunca fueron escuchados, sino que durante ocho meses ocurrieron a la vista de las autoridades que debían controlar que no ocurriera, Secretaria de Transporte y Prefectura Naval Argentina.

Debido a que el Protocolo debe seguir cumpliéndose en cuanto a la cantidad de pasajeros  a transportar, las empresas deberán sumar lanchas en cada uno de los horarios habituales anteriores a la pandemia, para cumplir con las medidas de distanciamiento social. Anexando la intensa afluencia del turismo que ya se observa en el Delta, los isleños sabemos que ésta medida llevará inexorablemente a la quita de recorridos y horarios. 

Aluna de las empresas ya han informado que algunos de los recorridos NO serán restablecidos como por ejemplo el recorrido por Fondeadero realizado por Interisleña. Es decir que, antes de que la presente resolución entre en vigencia, ya se la estaría transgrediendo.

Esperamos que la Secretaría de Transporte NO haga oídos sordos una vez más al incumplimiento de las empresas de transporte y controle el estricto acatamiento de lo que resuelve, no sólo obligada por la actividad turística, sino por la vida cotidiana de los isleños. 

Ver Resolución RS-2020-26407706-GDEBA-SSTRANSPMIYSPGP

Pluma de Río

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