El Senado inició la sesión en la que debatirá la reestructuración de la deuda pública y teletrabajo

El proyecto, resistido por el sector empresario, establece presupuestos mínimos para el trabajo a distancia, el derecho a la desconexión, a tener una jornada determinada y el carácter voluntario de esta modalidad.

 

El Senado debatía esta tarde por videoconferencia el proyecto de ley de teletrabajo, que cuenta con media sanción de Diputados, y el de reestructuración de deuda bajo legislación argentina.

La sesión, que se inició a las 14.30, es conducida por la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y la mayoría de los senadores que participa lo hace en forma remota desde las provincias.

En el inicio del debate, el oficialismo rechazó el pedido de la oposición para darle prioridad a varias iniciativas, entre ellas el proyecto de ley de Economía del Conocimiento.

La sesión comenzó con la discusión del proyecto de Ley de Teletrabajo, que busca establecer los presupuestos legales mínimos para la regulación de esta nueva modalidad, en aquellas actividades que lo permitan por su naturaleza y características.

Las personas que trabajen bajo ese esquema gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajen bajo la modalidad presencial y su remuneración no podrá ser inferior.

Los trabajadores bajo el régimen de teletrabajo tendrán derecho a no ser contactadas y a desconectarse de los dispositivos digitales y/o tecnologías de la información y comunicación fuera de su jornada laboral y durante los períodos de licencias.

También, según el proyecto, las empresas no podrán sancionar a sus trabajadores por hacer uso de ese derecho.

Una vez finalizado el debate sobre teletrabajo, los senadores tienen previsto analizar la propuesta de reestructuración de la deuda bajo ley argentina, enviada por el Poder Ejecutivo a la Cámara alta.

La iniciativa dispone la reestructuración de la deuda del Estado Nacional instrumentada en los títulos públicos denominados en dólares estadounidenses emitidos bajo ley de la República Argentina.

Además, establece la emisión de bonos denominados en dólares estadounidenses y en pesos.

«Los tenedores de Títulos Elegibles que no adhieran a la invitación a canjear dispuesta mediante el artículo 1° de esta ley continuarán con sus pagos diferidos hasta el 31 de diciembre de 2021», explica el texto.

Pluma de Río

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