La pasajera debió someterse a las normas sanitarias y sostuvo que su libertad se encontraba restringida al ser obligada a aislarse en un hotel, donde se siente como una «delincuente».
M.B.D., que debió someterse a las normas sanitarias, sostuvo que su libertad se encontraba restringida al ser obligada a aislarse en un hotel, donde se siente como una «delincuente» y que es dueña de una «casa grande» en el conurbano bonaerense, que le permitiría cumplir la medida preventiva y ser vista por su hija, sin poner en riesgo a nadie.
La mujer consideró que el «positivo» de Covid-19 con variante indeterminada que se constató cuando hace un par de semanas ingresó al país en un vuelo procedente de Miami, se debía a un contagio reciente, porque la PCR que le realizaron al embarcarse dio «negativo».
La mujer consideró que el «positivo» de Covid-19 con variante indeterminada que se constató cuando hace un par de semanas ingresó al país en un vuelo procedente de Miami, se debía a un contagio reciente
Para demostrar que cumpliría el «aislamiento», pidió ser trasladada a su casa por un patrullero y que se controlara su permanencia dentro de la vivienda.
La Cámara recordó la vigencia de los decretos de necesidad y urgencia (DNU) 260/20 y 167/2021 «emitidos por el Poder Ejecutivo Nacional con el fin de proteger la salud pública y evitar la propagación de la Covid-19, que fuera declarado pandemia por la Organización Mundial de la Salud».
El tribunal evaluó que la normativa «era conocida» por M.B.D. al emprender el viaje y que la autorización de lo pedido «podría acarrear la propagación de nuevas cepas de la enfermedad aun desconocidas y poner en mayor riesgo su propio grupo familiar, al personal médico y sanitario involucrado en el traslado y a la sociedad en general».
Los camaristas Hernán López e Ignacio Rodríguez Varela remarcaron que se había constatado que M.B.D. «padece la infección» y que cuando planteó el Hábeas Corpus se desconocía «el resultado de los estudios genómicos
Los camaristas Hernán López e Ignacio Rodríguez Varela remarcaron que se había constatado que M.B.D. «padece la infección» y que cuando planteó el Hábeas Corpus se desconocía «el resultado de los estudios genómicos tendientes a determinar concretamente con qué cepa se encuentra infectada».
Agregaron que el caso de M.B.D. «no impresiona como manifiestamente desproporcionado o arbitrario, teniendo en cuenta el test positivo que registró al retornar a la Argentina, a su alojamiento en un hotel de importante categoría y a los estudios que se ha informado que se están realizando para establecer la naturaleza de la cepa viral detectada».