Para la Dra. Mary Beloff, catedrática en Derecho Penal de la Universidad de Buenos Aires y especialista en Derecho Penal Juvenil, bajar la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, y crear más dispositivos de privación de libertad para adolescentes, no es la solución al problema.

 

Sostiene, en cambio, que el Estado debe garantizar los derechos básicos de los niños, como la salud, la vivienda, la educación, la prevención del maltrato y del abuso en cualquiera de sus formas, entre otros derechos.

Desde el año 2007, la Dra. Mary Beloff es Fiscal General de Política Criminal, Derechos Humanos y Servicios Comunitarios y desde su experiencia se mostró contraria a las diferentes iniciativas que contemplan la baja de la edad mínima de imputabilidad penal.

Para Beloff «la forma en que la discusión ha sido planteada no refleja una discusión integral de la problemática. La delincuencia juvenil es un problema serio para la sociedad y para los jóvenes, porque cada hecho es una tragedia para todos los involucrados».

-Entonces ¿cómo encarar esta problemática?

– El problema del delito juvenil y su abordaje no es reciente, es el primer dato de contexto. Lo que ocurre es que en la República Argentina los niveles de marginación, de exclusión, y de violencia, en general, han aumentado, y los niños no son ajenos a ello. Un eficaz abordaje del tema requiere de la intervención y coordinación de diferentes disciplinas, tales como, el derecho, el trabajo social, la psicología, la pedagogía, entre otras.

 

Fallas

La Dra. Beloff indicó que a partir de un relevamiento estadístico que construyó sobre la base de diversas fuentes, es posible concluir que la cantidad de hechos graves en los que se ven involucradas personas menores de edad, se mantienen en porcentajes estables en lo últimos, por lo menos, 15 años.

“Frente a ello, las autoridades estatales –nacionales, provinciales y locales—, deben articular de manera eficaz una política pública tendiente al diseño, la implementación y la consolidación de un sistema de información estadístico preciso que indique la cantidad y el tipo de delitos que cometen los adolescentes. Ello sería el primer paso necesario para definir cómo abordar la delincuencia juvenil, teniendo en consideración datos tales como los bienes jurídicos afectados (vida, propiedad, integridad sexual), la aplicación de programas de justicia restaurativa, la duración y modalidad de cumplimiento de las condenas penales, entre otros factores.”

 

-¿Cómo se previene la delincuencia juvenil?

– Salvo situaciones patológicas, los niños que tienen una red de contención familiar, que van a la escuela, que hacen deportes, que están protegidos de los abusos, que están alejados del consumo de drogas, no se involucran en conductas delictivas. Una política efectiva de prevención del delito juvenil, requiere necesariamente el aseguramiento de los derechos básicos de los niños. Esto es, que el Estado cumpla con sus deberes de prestación positiva hacia la infancia.

Si los jóvenes, sus derechos y la seguridad de todas las personas son realmente tomadas en serio, debería en primer lugar formularse un acuerdo que guíe la definición de una política criminal juvenil que involucre a todos los actores con responsabilidades institucionales y a todas las jurisdicciones; un acuerdo que exprese la definición social y política de qué se quiere cambiar, para qué y cómo se van a lograr los resultados deseados.