La medida entrará en vigencia a partir del sábado 21 de marzo

 

Lancha colectiva

Con el objetivo de desalentar el turismo y en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del COVID -19, se estableció que a partir del sábado 21 de marzo, sólo podrán embarcar en el Transporte Fluvial, las personas que posean domicilio en Islas.

La Subsecretaria de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, además, dispuso una serie de medidas en función al DNU de «aislamiento social, preventivo y obligatorio» emitido por el Gobierno Nacional con el objetivo de contener la propagación del virus.

Desde el 20 de marzo habrá una reducción de servicio de lanchas, además de que los viajes estarán destinados especialmente a los habitantes isleños.

A su vez, se aprobó el protocolo «Plan de Emergencia en el Transporte FLuvial – COVID-19», cuyos puntos destacados son:

  • Las operadoras seleccionarán al personal de conducción y al resto del personal, de acuerdo a un orden de prioridad según los parámetros de riesgo, conforme lo determina el Ministerio de Salud.
  • Antes de tomar servicio, se deberá controlar la temperatura de los conductores, y si presentan fiebre o algún síntoma de la enfermedad, no tomarán el servicio y serán reemplazados.
  • Los pasajeros deberán respetar un límite de acercamiento al personal de conducción no inferior a un metro y medio.
  • Los tripulantes deberán contar con tos insumos de protección básicos conforme a las recomendaciones del Ministerio de Salud.
  • En las terminales, los tripulantes deberán realizar su descanso manteniendo la distancia de seguridad entre sus compañeros.
  • En forma previa o la toma de cada servicio y a su finalización como mínimo, el interior de la embarcación deberá ser desinfectado.
  • La embarcación deberá circular con ventanillas abiertas.

Los horarios aún no están definidos y lo informaremos en cuanto se establezcan.