La «cuota» que mes a mes paga el monotributista se conforma con un componente impositivo y otro con destino a la jubilación y al pago de obra social que puede incluir familiares adherentes
- un componente impositivo (que sustituye a Ganancias e IVA por la actividad adherida al régimen simplificado)
- otro con destino a la jubilación y al pago de obra social que puede incluir familiares adherentes.
El primero es sobre el cual no se pagaría el impuesto. De manera que habrá que ver como se implementa dicha medida.
Por otra parte, en gran medida los monotributistas se encuentran adheridos al débito automático en cuentas bancarias y en tarjetas de créditos, etc. Esta situación lleva a un ajuste en la información que se deberá mandar a las entidades bancarias o administradoras para que se les envíen el importe correcto, en particular haciendo notar que quien no tiene importe alguno a ingresar debe dárselo por cumplido.
Otra cuestión que no puede pasar desapercibida es el beneficio por buen contribuyente que tienen los monotributistas como es la devolución del componente impositivo de un mes por pagar en término todo el año, lo cual se sumaría al descuento actual que se está reglamentando.
Es un número muy grande de contribuyentes (3.1 M), en su gran mayoría sufrientes de la crisis que soporta el país, por eso es correcto que se aplique a todas las categorías sin diferenciación.
Para que la medida resulte aplicable es necesario contar con las normas complementarias que la hagan operativa en tiempo oportuno.