Lo afirmó la titular de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, María Laura Garrigós de Rébori, en relación a la irregular detención del ex vicepresidente. «En este caso, a la larga, la prisión preventiva es más gravosa que la sentencia condenatoria».

 

En el marco de la detención preventiva del ex vicepresidente Amado Boudou, ordenada por el juez federal Ariel Lijo, la titular de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, María Laura Garrigós de Rébori, habló con Radio 10 sobre la polémica medida del Poder Judicial.

En este contexto, detalló que «la prisión preventiva sólo se justifica, desde mi punto de vista, si el proceso no puede seguir adelante, cuando (el acusado) se prófuga, cuando entorpece las investigaciones. Uno tiene que decirlo sobre una base fáctica, objetiva, los jueces no resolvemos a ojo de buen cubero».

Además, explicó: «He escuchado al abogado (de Boudou, Eduardo) Durañona. Durante cinco años de proceso estuvieron a derecho. Es un delito que, en el caso de ser condenado, no va a ser de cumplimiento efectivo, porque es un delito de pena que no supera los tres años. En este caso, a la larga, la prisión preventiva es más gravosa que la sentencia condenatoria».

En esta misma línea, Garrigós recordó que «la investigación parece ser incipiente», y que ex vicepresidente «ni siquiera ha sido indagado, falta toda la etapa instructoria y después le falta el juicio».

«No se puede justificar jurídicamente», sintetizó la magistrada.